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Información detallada

La empresa Navarra de Suelo Residencial, inició sus actividades como sociedad pública del Departamento de Vivienda y Ordenación del Territorio del Gobierno de Navarra en el año 1999.

Desde entonces, NASURSA ha continuado trabajando con el objetivo de consolidar su posición como empresa de referencia en materia de ordenación del territorio, desarrollo y sostenibilidad en Navarra.

Sus principales áreas de trabajo son las siguientes:

  • Gestión, promoción y dinamización de actuaciones urbanísticas.
  • Colaboración con diferentes entidades para la gestión y desarrollo de suelo, principalmente residencial.
  • Desarrollo de actividades e instrumentos de ordenación del territorio.
  • Prestación de servicios al Departamento de Vivienda y Ordenación del Territorio del Gobierno de Navarra y a las Entidades Locales de la Comunidad Foral.
  • Gestión y coordinación del Observatorio Territorial de Navarra.
  1. Navarra de Suelo Residencial, . tiene por objeto la promoción y transformación de suelo de cualquier clasificación, categoría, subcategoría y uso, la elaboración de instrumentos de ordenación territorial y urbanística y la colaboración y cooperación con las Administraciones Públicas y entidades privadas en materia de urbanismo, medio ambiente, vivienda y desarrollo territorial sostenible. En particular:
    1. El cumplimiento de las encomiendas efectuadas por la Administración de la Comunidad  Foral de Navarra y las entidades de cualquier naturaleza vinculadas a aquella, en las actividades de adquisición, ordenación y gestión de suelo destinadas al desarrollo de sus políticas e instrumentos en materia de de Ordenación Territorial, Urbanismo, Vivienda, Medio Ambiente y Desarrollo Territorial Sostenible.
    2. La adquisición de suelo o aprovechamientos urbanísticos, de carácter público o privado, por cualquiera de los procedimientos legalmente establecidos, a fin de constituir reservas, urbanizar y edificar, o incorporarlo al tráfico jurídico inmobiliario mediante compraventa, permuta o cualquiera otra figura jurídica prevista en el ordenamiento vigente.
    3. La redacción de instrumentos de ordenación territorial y de planeamiento urbanístico, general y de desarrollo, en toda clase, categoría y subcategoría de suelos, por iniciativa de la propia Sociedad o encomendado por otras entidades o Administraciones públicas.
    4. La ejecución del planeamiento urbanístico, tanto el formulado por la propia sociedad como el que le sea encomendado por otras entidades o Administraciones públicas.
    5. La actividad urbanizadora, tanto para promoción de suelo y renovación o remodelación urbana como para la realización de obras de infraestructura urbana, dotación de servicios o ejecución de los planes de ordenación.
    6. La promoción de todo tipo de edificación en los ámbitos contemplados en los puntos anteriores, así como la posible gestión y explotación de obras y servicios resultantes de dicha actuación.
    7. La formalización de convenios urbanísticos con las Administraciones Públicas o sus entes vinculados o dependientes, o entidades privadas representativas de intereses sociales o económicos relacionadas con la promoción de suelo, para la elaboración, ejecución y administración de programas de promoción de suelo, principalmente residencial, y vivienda, principalmente protegida.
    8. La cooperación y prestación de asistencia técnica, jurídica, económica y administrativa a las Administraciones Públicas y sus entes, en materia de urbanismo, medio ambiente, vivienda y desarrollo territorial sostenible, y en particular la redacción de instrumentos urbanísticos de planeamiento y gestión, su ejecución, intervención en la edificación y usos del suelo, inspección y disciplina urbanística.
    9. La gestión del Observatorio Territorial de Navarra y la elaboración de cuantos informes, investigaciones, estudios, programas y proyectos sean encomendados por el Consejo Social de Política Territorial o cualquier otro órgano de deliberación, participación o consulta en materia vinculada con el objeto social de esta empresa.
    10. La participación y colaboración con los organismos, sociedades, asociaciones y redes locales, regionales, nacionales e internacionales que tengan por objeto materias relacionadas con la naturaleza y actividad de la Sociedad.
    11. La elaboración de toda clase de estudios y la realización de actividades de información, difusión y formación vinculadas con su objeto social.
    12. Siempre que esté dentro del marco del interés público, la prestación de asistencia técnica y la realización de servicios técnicos, económicos, industriales, comerciales o de comisión, relacionados con la actividad social a terceros que lo soliciten.
  2. Las actividades integrantes del objeto social podrán ser desarrolladas, total o parcialmente mediante la titularidad de acciones y participaciones en sociedades, entidades, organismos o asociaciones, públicos o privados con objeto idéntico o análogo.
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